Con etimología náhuatl –de chapā, que significa rebotar y ōlli que quiere decir hule–, chapulín significa, desde tiempos prehispánicos, un “insecto que brinca como pelota de hule”. Los podemos identificar en casi cualquier terreno con pasto, brincando de manera frenética para desplazarse o, si estás en Oaxaca, en las botanas y quesadillas.
En el México del periodo posrevolucionario extendido (o sea, hoy) debemos agregar a la palabra chapulín una acepción: es un tipo de grillo que brinca como una pelota de hule… cuyo partido decide, sin tomar en cuenta a los ciudadanos, dónde y cuando cae. Los podemos ver, al final de cada periodo de gobierno buscando el favor de sus superiores para poder continuar sus saltos frenéticos dentro de los pasillos del poder. Su hábitat es la administración pública: estar fuera del erario, es estar en el error.
A pesar de que en la mayoría de los países desarrollados esta especie ha desaparecido o está en vías de extinción, en México no sólo se mantiene estable, sino que se sigue reproduciendo en tantas formas como partidos tiene nuestro país. Esto gracias a que su principal depredador, la democracia y la rendición de cuentas, son administradas por los chapulines en dosis pequeñas a la sociedad. De manera excepcional, se han vacunado y los anticuerpos que han creado parece que les hace invencibles.
Sin embargo, inesperadamente, una nueva arma contra esta especie apareció esta semana: el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, revocó la semana pasada la licencia a la alcaldesa de Guadalupe que, mediante salto de chapulín, busca un lugar en el Senado. El argumento es simple, lo dice el artículo 5° de la Constitución: “En cuanto a los servicios públicos, sólo podrán ser obligatorios, en los términos que establezcan las leyes respectivas… los de elección popular, directa o indirecta”. Según la ley, los políticos antes de ser chapulines, son servidores públicos; deben servir a los ciudadanos, es su obligación.
La resolución afirma que: “el derecho de representación (derecho de la colectividad) y las obligaciones por parte del funcionario público que eligieron a través de su decisión los mismos individuos está en cuestión en la Litis del amparo”. Además que, “ante la mínima presunción, debe atenderse al interés de la colectividad, sobre algún interés particular”. Parece que el orden, al menos en el papel, regresa a Chapultitlán.
A pesar de mi emoción, no guardo demasiadas esperanzas. En 2007 una sentencia para evitar que Jorge Hank Rhon pidiera licencia para ser gobernador –con una ley local que explícitamente se lo prohibía– fue anulada por el Tribunal Electoral de acuerdo con preceptos convenidos en Tratados Internacionales en materia electoral firmados por México. El derecho a ser votado de alguien con mucho poder y dinero, puede trastocar sin problemas, el derecho de las mayorías a votar por alguien para un periodo completo.
El objetivo no es restringir los saltos de los políticos, sino devolver la catapulta a la gente. El chiste no es hacer miserable la carrera de algunos funcionarios públicos, sino hacerlas útiles para la mayoría. No pretendo que cazar chapulines sea la tarea de los ciudadanos, sino que entre todos podamos construir elevadores para ascender por el gobierno. La Ley está de nuestro lado, que no se nos olvide.





